¿Cuáles son los estados al enviar un DTE al SII?
El Servicio de Impuestos Internos (SII) tiene tres posibles estados macros de respuestas a los envíos de documentos:
- Aceptado: el DTE está correcto y es válido.
- Aceptado con reparos: el DTE ha sido recibido y es válido, pero presenta alguna observación.
- Rechazado: el DTE tiene algún problema grave que impide su recepción; en otras palabras, el DTE no es válido.
Estados:
Estado aceptado:
Indica que todo está en orden, el documento es válido y cumple con los requisitos legales establecidos.
Estados con Reparos:
RLV - DTE Aceptado con Reparos Leves:
- (DTE-1-650) Fecha de Envió Excede Plazo Permitido: la fecha del timbre del DTE excede la fecha máxima permitida (12 horas). Si se quiere enviar un DTE de días anteriores, mismo período, se debe timbrar el día del envío.
- (TED-1-647) Fecha Timbre Fuera de Rango Permitido: está emitiendo un DTE de un período anterior. O sea, la fecha del timbre es de un período pero el DTE es de otro.
- (HED-1-232) Error en Monto : - Monto neto debe ser mayor que cero (MntNeto): emitió un tipo de documento que requiere monto neto y no se asignó. Ejemplo: emitir una factura afecta sólo con valores exentos genera este reparo.
RPR - DTE Aceptado con Reparos:
- (TED-2-510) Firma Timbre Electrónico Incorrecta: el timbre no es válido. Los únicos casos detectados, sabiendo que el timbre debiese ser correcto, han sido documentos donde el nombre del item tiene espacios extras al final.
- (REF-2-780) Anulación presenta diff. de monto con doc. referenciado : [1] [3]: se está anulando un DTE que tiene montos diferentes a los de la nota de crédito. Los montos deben coincidir, y no sólo montos, también el total de items y subtotales. Para evitar esto crear la anulación directamente desde la pestaña de referencias y no hacerla manualmente.
Es importante destacar que, según la indicación del Servicio de Impuestos Internos (SII), los documentos con reparo son legalmente válidos. Se recomienda evitar situaciones que conduzcan a reparos, pero si se recibe un Documento Tributario Electrónico (DTE) con reparo, este se considera válido. En el caso de desear reemplazar un documento con reparo por uno nuevo que sea aceptado sin reparos por el SII, el documento con reparo debe ser anulado.
Estado Rechazado:
RCH - DTE Rechazado:
- (REF-3-750) DTE Referenciado no recibido en el SII: el DTE que se ha emitido tiene una referencia a otro DTE que no existe en el SII. Esto puede ser porque el DTE referenciado nunca se ha emitido, se emitió pero salió rechazado o bien porque fue emitido, pero al momento de hacer la referencia aun no era aceptado por el SII.
- RSC - Rechazado por Error en Schema: el XML del documento contiene algún caracter que el SII no permite. Si el DTE debiese ser correcto, es probable que se haya utilizado algún valor no permitido: Ejemplo: en la cantidad del item colocar “60 m” en vez de “60” y luego en la unidad colocar “m”.
- (DTE-3-101) Folio para este Tipo de documento ya fue recibido en el SII: está enviando un DTE que ya fue enviado previamente al SII.
- (DTE-3-100) DTE Repetido (Tipo, Folio, Rut Emisor): está usando el folio de un DTE que ya usó previamente en otro documento.
- (REF-3-415) Debe Existir al Menos Una Referencia : a un Doc. Tributario: se está generando un DTE que requiere referencias, ejemplo una nota de crédito, y no se está colocando una referencia válida. Ejemplo detectado: anular una guía de despacho con una nota de crédito, las guías de despacho no se anulan con notas de crédito. Ya que la guía no genera un débito.