RRHH

Aprende sobre como trabajar con el módulo de recursos humanos

Como todo en Chile, RR.HH tiene fechas claves para operar tanto como para hacer pagos, formalizar contratos, finiquitos entre otros.

Formalidades

Contrato de trabajo

Según el Art. 9° del Código del Trabajo, el contrato de trabajo es consensual; deberá constar por escrito en los plazos que se indican más abajo, y firmarse por ambas partes en dos ejemplares, quedando uno en poder de cada contratante.

El empleador debe hacer constar por escrito el contrato dentro del plazo de quince días de incorporado el trabajador, o de cinco días si se trata de contratos por obra, trabajo o servicio determinado o de duración inferior a treinta días.

Finiquito

Según el Art. 177 del Código del Trabajo, el finiquito debe ser puesto a disposición del ex-trabajador dentro de un plazo máximo de 10 dias hábiles. Instancia en la que post firma, debe ser cancelado en su totalidad, de no haber un previo acuerdo pactado en el mismo finiquito.

Pagos

Salarios

Según el Art.55 las remuneraciones se pagarán con la periodicidad estipulada en el contrato, sin embargo no pueden exceder un mes. Según el Art.56, las remuneraciones, deben pagarse entre lunes y viernes.

Cotizaciones

El pago de las cotizaciones tiene fechas específicas, de acuerdo a la forma de su pago:

  • Pago electrónico: hasta el día 13 de cada mes, sin importar si es sábado, domingo o festivo.
  • Pago presencial (con cupón impreso): hasta el día 10 del mes siguiente. Si el día 10 es sábado, domingo o festivo, el plazo se extiende hasta el siguiente día hábil.

Impuesto único

El pago del impuesto único resultante de los trabajadores con un sueldo tributable sobre las 13.5UTM, debe pagarse junto los impuestos mensuales a través del Formulario 29, ya sea el día 12 o 20, o al siguiente día hábil, si estos fueran inhabiles, dependiendo de si el empleador es facturador electrónico o no.

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Last updated on 06/01/2026 by LibreDTE